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La fianza del alquiler en tu comunidad

Cuánta fianza se puede pedir, el máximo de garantía adicional, si hay que depositarla y dónde, y cuándo hay que devolverla.

Tipo de alquiler

¿Hay que depositar la fianza? Comunidad por comunidad

Fuente: Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, «Depósito de fianzas. Enlaces a los organismos por CCAA», consultado en octubre de 2026.

Preguntas

¿Se puede pedir un seguro de impago al inquilino?

No. Desde el Real Decreto-ley 29/2026 no se puede exigir al inquilino que contrate un seguro de impago ni coberturas parecidas.

¿Cuándo hay que devolver la fianza?

Al terminar el contrato, tras revisar el estado de la vivienda. Si pasa un mes desde la entrega de las llaves sin devolverla, el importe pendiente genera el interés legal.

¿Se actualiza la fianza?

En vivienda, durante los primeros 5 años (7 si el propietario es una empresa) no. Después, cuando se prorrogue el contrato, se puede ajustar para que siga siendo igual a una o dos mensualidades de la renta vigente.

¿Qué es el documento de finalización?

Desde octubre de 2026, al acabar el contrato las dos partes deben firmar un documento con el estado en que se entrega la vivienda. Si no se firma, o no recoge ningún desperfecto, se presume que la vivienda se entregó en buen estado.